¿Es obligatorio indicar los alérgenos en la carta del restaurante?
En la Unión Europea hay 14 alérgenos de declaración obligatoria y los bares y restaurantes deben poner esa información a disposición del cliente, también en los platos que se sirven sin envasar. La forma concreta de hacerlo depende de la normativa de cada país; aquí tienes un resumen para orientarte, no un asesoramiento legal.
Lo básico: qué obliga y a quién
El Reglamento (UE) 1169/2011 establece que el consumidor tiene derecho a conocer qué alérgenos lleva lo que va a comer. Esto incluye los alimentos que se sirven sin envasar, como los de la carta de un restaurante. En España, el Real Decreto 126/2015 desarrolla cómo facilitar esa información en alimentos sin envasar. Esta información es orientativa y no sustituye el asesoramiento de tu gestoría o del servicio de sanidad de tu ayuntamiento.
Los 14 alérgenos
Cereales con gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche y derivados, frutos de cáscara, apio, mostaza, granos de sésamo, dióxido de azufre y sulfitos, altramuces y moluscos. Tienes el detalle en la guía Los 14 alérgenos de la UE en tu carta digital.
Formas de informar
- Por escrito en la carta: cada plato indica sus alérgenos con iconos o texto.
- De forma verbal: en algunos casos se admite, siempre con un aviso visible para que el cliente sepa que puede preguntar y con la información disponible por escrito.
- Carta digital: cada plato muestra sus alérgenos y el cliente filtra los que quiere evitar.
Confirma con tu asesoría o con el servicio de sanidad de tu ayuntamiento cuál se aplica a tu local.
Errores habituales
- Rellenar los alérgenos de memoria, sin revisar etiquetas ni preguntar a la cocina.
- No actualizar cuando cambia una receta o un proveedor.
- Pensar que una pantalla sustituye al personal: ante una alergia grave, el cliente debe poder hablar con alguien del equipo.
- Olvidar las salsas, los fondos y los acompañamientos.
Cómo ayuda una carta digital
Con una carta digital cada plato lleva sus alérgenos y el comensal marca los que quiere evitar para ver qué puede comer, con menos preguntas al camarero. Si cambias un ingrediente, actualizas el plato y se corrige en todas las mesas. Puedes hacer una primera comprobación con Comprueba tus alérgenos y ver cómo se mostraría en una carta digital con QR.
Preguntas frecuentes
¿Qué alérgenos hay que declarar?
Los 14 del Reglamento (UE) 1169/2011: cereales con gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, apio, mostaza, sésamo, sulfitos, altramuces y moluscos.
¿Una carta digital es suficiente por sí sola?
Informa mejor, pero no sustituye al personal. Ante una alergia grave, el cliente debe poder confirmar con alguien del equipo.
¿Quién es responsable de que la información sea correcta?
El establecimiento. Por eso conviene confirmar los ingredientes con la cocina y con las etiquetas de los proveedores.